Se señala hoy en día que hasta 2.300 contenedores de fruta chilena podrían estar “atrapados” en China producto del efecto del Coronavirus. Sin perjuicio de existir preocupaciones particularmente válidas en torno a la posibilidad de “mover” tales contenedores lo antes posible y de revisar la cobertura de seguros de crédito y de seguros de carga, se echa en falta un análisis anterior y primero: el contrato subyacente o principal a los contratos de Seguro y de transporte marítimo, esto es usualmente, el contrato de compraventa internacional de mercaderías, o el contrato -cualquiera sea su naturaleza- en razón del cual el exportador chileno ha enviado mercaderías a los puertos chinos; y el conocimiento que el Exportador o importador chileno tiene sobre estas materias.